La prevención de riesgos laborales es el conjunto de medidas adoptadas para evitar o disminuir los riesgos del trabajo y proteger la vida y salud de las personas. Su norma base en Chile es la Ley 16.744, que crea el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y define el accidente del trabajo (lesión sufrida "a causa o con ocasión del trabajo") y la enfermedad profesional. La gestión preventiva se rige hoy por el DS 44/2024 del Ministerio del Trabajo (vigente desde el 1 de febrero de 2025), que reemplazó los DS 40 y DS 54 de 1969 e incorpora la prevención desde el diseño, el enfoque de género, la participación y la mejora continua. Sigue vigente, además, el DS 594/1999 (MINSAL), sobre condiciones sanitarias y ambientales, que NO fue derogado por el DS 44.
La gestión de riesgos sigue una jerarquía de control: eliminación, sustitución, controles de ingeniería, controles administrativos (procedimientos, señalización, capacitación) y, como última barrera, los Elementos de Protección Personal (EPP). El empleador debe cumplir el deber de informar ("derecho a saber") y, según el número de trabajadores, constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad y Reglamento Interno.
El plan de emergencia define cómo prevenir, responder y recuperarse ante sismos, incendios o fugas; el plan de evacuación establece vías de evacuación despejadas y señalizadas, puntos de encuentro y zonas de seguridad (lugares de menor probabilidad de daño, alejados de elementos que puedan caer). El organismo nacional vigente es el SENAPRED, creado por la Ley 21.364, que sustituyó a la ONEMI el 1 de enero de 2023 y coordina la gestión del riesgo de desastres.
Sobre el fuego, el triángulo del fuego requiere combustible, comburente (oxígeno) y calor; el tetraedro añade la reacción en cadena. La extinción actúa por enfriamiento, sofocación, eliminación del combustible o inhibición. La NCh 934 clasifica los fuegos en Clase A (sólidos: madera, papel), B (líquidos/gases inflamables), C (equipos eléctricos energizados), D (metales combustibles) y K (aceites y grasas de cocina). El PQS ABC es el más versátil; el CO₂ sirve para B y C sin dejar residuos; el químico húmedo es para clase K. Nunca usar agua sobre fuegos C ni D. Para usar el extintor: retirar el seguro, apuntar a la base del fuego, presionar la palanca y barrer, atacando a favor del viento.
El DS 594 exige que ningún extintor esté a más de 23 metros del trabajador, instalado a una altura máxima de 1,30 m, señalizado y de fácil acceso, con mantención anual (NCh 2056) y rotulación según NCh 1430. Finalmente, la señalización de seguridad (NCh 1410) fija los colores: rojo (incendio/prohibición), amarillo (advertencia), verde (evacuación y zona de seguridad) y azul (obligación de EPP); la NCh 2189 regula la señalización de edificios y vías de evacuación.
1. ¿Qué se entiende por prevención de riesgos laborales?
La prevención de riesgos laborales es el conjunto de actividades y medidas adoptadas o previstas en todas las fases de la actividad de la empresa para evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo y proteger la vida y salud de las personas (doctrina; Ley 16.744; DS 44/2024).
2. ¿Qué materia regula la Ley 16.744, norma base de la seguridad laboral en Chile?
La Ley 16.744 establece el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; es la norma base de la seguridad laboral chilena y cubre accidentes del trabajo, de trayecto y enfermedades profesionales (Ley 16.744, vigente).
3. Según la Ley 16.744, ¿qué es un accidente del trabajo?
La Ley 16.744 (art. 5) define accidente del trabajo como toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.
4. Un guardia OS10 sufre una caída en la vereda mientras se dirige directamente desde su casa hacia su lugar de trabajo. ¿Cómo se califica este accidente conforme a la Ley 16.744?
La Ley 16.744 (art. 5) considera accidentes de trayecto los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo; por ello la caída del guardia en su trayecto directo se califica como accidente de trayecto.
5. Según la Ley 16.744, ¿cómo se define una enfermedad profesional?
La Ley 16.744 (art. 7) define la enfermedad profesional como la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
6. ¿Cuál de los siguientes es un organismo administrador del seguro de la Ley 16.744?
Los organismos administradores del seguro de la Ley 16.744 son las mutualidades de empleadores (ACHS, IST, Mutual de Seguridad CChC) y el ISL; la fiscalización corresponde a la SUSESO.
7. El DS 44/2024 (MINTRAB), nuevo Reglamento sobre Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales, ¿qué reglamentos reemplazó al entrar en vigencia?
El DS 44/2024 entró en vigencia el 1 de febrero de 2025 y reemplazó/derogó el DS 40 y el DS 54 de 1969; NO derogó el DS 594/1999, que permanece vigente.
8. ¿A partir de qué fecha entró en vigencia el DS 44/2024 (MINTRAB)?
El DS 44/2024 fue publicado el 27 de julio de 2024 y entró en vigencia el 1 de febrero de 2025, reemplazando el DS 40 y el DS 54 de 1969.
9. ¿Cuál de los siguientes es un principio rector del DS 44/2024 sobre gestión preventiva de riesgos laborales?
El DS 44/2024 se basa en la prevención de riesgos desde el diseño del trabajo, el enfoque de género, la participación activa de las personas trabajadoras y la mejora continua, alineándose con convenios internacionales suscritos por Chile.
10. Dentro de la gestión preventiva del DS 44/2024, ¿qué significa la sigla IPER?
El DS 44/2024 obliga al empleador a gestionar los riesgos mediante la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER), las medidas de control, la información y capacitación y el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.
11. ¿A partir de qué número de trabajadores la empresa debe constituir uno o más Comités Paritarios de Higiene y Seguridad?
Las empresas con más de 25 trabajadores deben constituir uno o más Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, integrados por representantes de la empresa y de los trabajadores (Ley 16.744 y su reglamentación; DS 44/2024).
12. La obligación del empleador de informar oportuna y convenientemente a los trabajadores sobre los riesgos de sus labores y las medidas preventivas se conoce como:
El 'derecho a saber' es la obligación del empleador de informar oportuna y convenientemente a los trabajadores sobre los riesgos que entrañan sus labores, las medidas preventivas y los métodos correctos de trabajo (DS 44/2024, sucesor del DS 40 en esta materia).
13. Según la jerarquía de control de riesgos, ¿cuál es la PRIMERA y más eficaz medida frente a un peligro?
La jerarquía de control prioriza, en orden: eliminación del peligro, sustitución, controles de ingeniería, controles administrativos y, por último, el EPP. La eliminación es la primera y más eficaz medida (DS 44/2024).
14. Respecto de los elementos de protección personal (EPP), ¿cuál afirmación es correcta?
El empleador debe proporcionar los EPP gratuitamente y el trabajador usarlos. Los EPP (casco, calzado, guantes, protección auditiva y visual, etc.) son la última barrera de control, no la primera (DS 594; DS 44/2024).
15. ¿Qué regula el DS 594/1999 (MINSAL) y cuál es su situación de vigencia?
El DS 594/1999 (MINSAL) es el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo; permanece vigente y NO fue derogado por el DS 44/2024 (que solo reemplazó el DS 40 y el DS 54). Regula iluminación, ventilación, agua potable, servicios higiénicos y la protección contra incendios.
16. Un guardia OS10 se accidenta durante su turno custodiando una instalación. ¿Bajo qué régimen está cubierto y cómo debe actuar respecto de la prevención?
El guardia, como trabajador, está cubierto por la Ley 16.744 y debe cumplir las normas de prevención de su empresa; además, por su función, suele actuar como primer respondedor y colaborador en los planes de emergencia y evacuación de la instalación que custodia.
17. ¿Qué organismo fiscaliza el sistema del seguro social de la Ley 16.744 en Chile?
La fiscalización del seguro social de la Ley 16.744 corresponde a la SUSESO (Superintendencia de Seguridad Social), mientras que las mutualidades y el ISL actúan como organismos administradores.
18. Durante un sismo, encontrándose dentro de un edificio, ¿cuál es la conducta recomendada por SENAPRED?
SENAPRED recomienda, durante el sismo, permanecer dentro del edificio y no correr hacia afuera; apartarse de objetos que puedan caer; ubicarse junto a muros estructurales, pilares o bajo dinteles de puertas; y protegerse (agacharse, cubrirse, afirmarse). No usar ascensores.
19. Durante un sismo, además de protegerse, ¿qué conducta general recomienda SENAPRED?
SENAPRED recomienda mantener la calma, evitar el pánico, no gritar y no provocar aglomeraciones en escaleras ni salidas; tampoco usar ascensores durante un sismo.
20. Después de un sismo, ¿cuál de las siguientes conductas es la correcta según SENAPRED?
Tras el sismo, SENAPRED recomienda evacuar solo si se da la instrucción, siguiendo al líder de evacuación hacia la zona de seguridad; no caminar sobre vidrios rotos ni cables eléctricos; cortar suministros (gas, electricidad) si corresponde; y revisar fugas y daños.
21. En la zona costera, tras un sismo de gran intensidad, ¿cuál es la conducta correcta frente al riesgo de tsunami?
SENAPRED indica que ante un sismo de gran intensidad en el borde costero se debe evacuar hacia zonas altas sin esperar aviso, ya que el propio terremoto es la alerta natural; se sigue la señalización de vías de evacuación de tsunami y las instrucciones de SENAPRED.
22. Un guardia OS10 está en el hall de un edificio cuando comienza un sismo fuerte y el público se aglomera asustado. ¿Cuál es su actuación correcta?
Ante un sismo, el guardia debe mantener la calma, dirigir y tranquilizar al público, guiar la evacuación hacia la zona de seguridad, verificar que no queden personas dentro, colaborar con Bomberos/SAMU y reportar novedades.
23. ¿Por qué la actuación ante sismos es una materia esencial del plan de emergencia en Chile?
Chile es un país de alta sismicidad y el sismo es la emergencia natural más frecuente, por lo que la actuación correcta ante sismos es materia esencial del plan de emergencia (SENAPRED).
24. Durante un incendio o un sismo, ¿qué medio de circulación vertical NO debe utilizarse para evacuar?
No deben usarse ascensores durante un incendio o sismo; las vías de evacuación deben permanecer despejadas, señalizadas e iluminadas, y las puertas de salida deben abrir en el sentido de la evacuación (DS 594; OGUC; buenas prácticas).
25. ¿Cuál es el número de emergencia de Bomberos en Chile?
El número de emergencia de Bomberos en Chile es el 132 (SAMU 131, Carabineros 133, PDI 134).
26. ¿Qué carácter tiene el Cuerpo de Bomberos de Chile?
El Cuerpo de Bomberos de Chile es una institución de carácter voluntario (no remunerado) que presta servicios de extinción de incendios, rescate, manejo de materiales peligrosos y apoyo en emergencias.
27. Un guardia OS10 detecta un incendio incipiente en la instalación. Al llamar a Bomberos al 132, ¿qué información debe entregar?
El guardia debe dar la alarma y avisar a Bomberos (132) indicando la dirección, el tipo y la magnitud del fuego, y si hay personas atrapadas; luego activar el plan de emergencia y guiar la evacuación.
28. Llegan los carros bomba a la instalación durante un incendio. ¿Cuál es la actuación correcta del guardia OS10?
Frente a un incendio, el guardia debe facilitar el acceso de los carros bomba (abrir portones, despejar accesos, indicar grifos/red húmeda) y entregar información al jefe de Bomberos. El guardia coordina y colabora; no asume el mando técnico.
29. ¿Qué instrumento permite la respuesta conjunta entre Bomberos y SENAPRED ante emergencias y desastres?
Existe un protocolo de coordinación entre Bomberos y SENAPRED para la respuesta conjunta ante emergencias y desastres.
30. En Chile, ¿qué número corresponde al SAMU (ambulancia)?
En Chile, el 131 corresponde al SAMU (ambulancia), el 132 a Bomberos, el 133 a Carabineros y el 134 a la PDI.
31. Un guardia OS10 ve un foco de fuego incipiente cerca de un tablero eléctrico. ¿Cuándo debe combatirlo con extintor?
El guardia debe dar la alarma y avisar a Bomberos (132), activar el plan y guiar la evacuación; debe combatir el fuego incipiente con extintor solo si es seguro hacerlo y sin exponerse. No reemplaza a Bomberos ni se expone innecesariamente.
32. En una emergencia, ¿cuál es la posición correcta del guardia OS10 respecto de Bomberos, SAMU y Carabineros?
El guardia es un particular: en emergencias coordina, alerta y colabora, pero no sustituye a Bomberos, SAMU ni Carabineros. Su rol es de primer respondedor y colaborador, no de reemplazo de los organismos técnicos.
33. ¿Qué es un plan de emergencia según las buenas prácticas aplicables en Chile?
El plan de emergencia es el documento que define cómo prevenir, responder y recuperarse ante eventos como sismo, incendio, fuga de gas, corte eléctrico o amenaza, y organiza los recursos humanos y materiales para proteger a las personas (SENAPRED; planes de emergencia de edificios).
34. El plan de evacuación es parte del plan de emergencia. ¿Qué elementos establece principalmente?
El plan de evacuación es la parte del plan de emergencia que establece vías de evacuación, puntos de encuentro / zonas de seguridad, salidas, roles (líder de evacuación, encargados de piso) y procedimientos para desalojar de forma ordenada (SENAPRED; buenas prácticas).
35. ¿Qué es una zona de seguridad?
La zona de seguridad es un lugar de refugio temporal que ofrece menor probabilidad de resultar dañado durante una emergencia; debe estar señalizada, ser de fácil acceso y encontrarse alejada de elementos que puedan caer, como vidrios, fachadas, cables, postes o árboles (SENAPRED; señalización NCh).